Conforme al Decreto Provincial N.º 624 del día 04 de mayo de 2020, por el cual el Gobernador Gustavo Bordet autoriza el desarrollo de las actividades comerciales, servicios y oficios, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 del DNU 408/20, el Comité de Emergencia local resuelve:
AUTORIZAR la apertura de los comercios locales, en todos sus rubros, a excepción de los establecidos en el artículo 4 del Decreto Núm. 408, a saber: